El horario general del Centro abarca desde las 9,00 a las 17.30,00 horas y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro que es de 14,00 a 15,00 horas.
HORARIO GENERAL DEL CENTRO
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HORARIO DE MAÑANA
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HORARIO DE TARDE
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ENTRADA
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RECREO
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SALIDA
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ENTRADA
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SALIDA
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9.00
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12,00-12,30
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14,00
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15,30
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17,30
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SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 y una tarde de 15,30 a 17,30
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COMEDOR ESCOLAR DE 14,00-15,00
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La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectiva comienza a las 15,30 y termina a las 17,30 horas. En esta jornada los alumnos y alumnas, que libremente lo soliciten pueden realizar Actividades Formativas Complementarias.
En la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30 horas. El horario del Comedor Escolar comienza a las 14,00 horas y finaliza a las 15,00 horas. La sexta hora de obligada permanencia en el Centro, se llevará a cabo desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas de lunes a jueves y una tarde de 15.30 a 17.30 horas, en la que se rotarán todos los Ciclos. Este horario de obligada permanencia en el Centro se puede flexibilizar siempre y cuando los profesores/as implicados realicen actividades extraescolares o culturales. La hora dedicada a la acción tutorial en relación con los padres se decidirá cada curso escolar. Para la distribución del horario de esta sexta hora se tendrá en cuenta lo previsto en la Norma reguladoras del funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria(Real Decreto 82/1.996,).
Los profesores/as que no completan las 25 horas lectivas semanales, incluidas las dedicadas a vigilancia del alumnado en el recreo, se dedicarán:
– Apoyar a los alumnos/as con dificultades de aprendizaje.
– A Coordinar los ciclos y los distintos programas que funcionan en el Centro: Competencias Básicas, Biblioteca,etc.
– Representar al Centro ante el C.P.R. de Brozas.
GUARDIAS DE RECREO
La vigilancia de recreo será efectuada por cuatro profesores cada día, ( Orden de 29 de febrero de 1.996 Art. 79), dos en Ed. Primaria y dos en Ed. Infantil, estableciéndose para ello un turno rotativo de todos los componentes del Claustro de Profesores.
Serán funciones de los profesores de guardia:
- Anunciar de forma clara y audible, las distintas entradas y salidas de las aulas a las horas correspondientes, ya sean éstas para recreo o para propicio o fin de las sesiones.
- La vigilancia efectiva y responsable del recreo atendiendo cualquier problema que pueda surgir entre el alumnado.
GUARDIAS DE COMEDOR
Estas guardias las realizan los profesores encargados del comedor, en el número que estipula la Ley reguladora del funcionamiento de Comedores Escolares ( Orden de 24 de noviembre de 1.992 Art.13). Dichas guardias se llevarán a cabo desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas. Serán funciones del personal de guardia:
- Anunciar la entrada y salida al comedor.
- Vigilancia efectiva y responsable tanto del período de la comida como del anterior y posterior a la misma.
TRANSPORTE ESCOLAR
La entrada y salida de los alumnos de transporte será supervisada por el profesor encargado del transporte.
Los alumnos y alumnas transportados tienen derecho, gratuitamente, al servicio de Comedor escolar.
El traslado y vigilancia de los alumnos/as durante el tiempo invertido en el transporte es competencia de la empresa adjudicataria.